¿ENTIENDEN LOS CONSUMIDORES EL ETIQUETADO DE LOS COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS?

 en Sala de prensa, Todos

El imparable crecimiento de la industria de los complementos alimenticios ha promovido la regularización del sector y, de manera recíproca, la implantación de una legislación internacional ha generado una mayor confianza entre los consumidores, con el consiguiente incremento de la facturación de las compañías. 

Sin embargo, los legisladores no han tenido en cuenta la opinión del consumidor a la hora de redactar las declaraciones oficiales de salud que definen los valores de los complementos alimenticios.

La evidencia científica ha demostrado el impacto positivo que tienen los complementos alimenticios sobre el bienestar de las personas y de la sociedad en general, según el informe “La Evolución de la industria de los complementos alimenticios, desde los años 90 hasta nuestros días” de la Alianza internacional de asociaciones de suplementos alimenticios y/o dietarios.

Hace 20 años no existía una legislación consensuada.

Según se extrae del informe de IADSA, difundido en español por AFEPADI, el desarrollo de una normativa viable se ha debido a la fuerte y continua cooperación entre las asociaciones y los organismos reguladores.

Hace tan solo dos décadas, prácticamente no existían normativas específicas para la industria, lo cual generaba una gran falta de claridad y obstaculizaba el desarrollo del sector. En aquellos años, los complementos alimenticios podían estar controlados por normas que regulaban los alimentos, productos dietéticos o productos farmacéuticos, y solo Estados Unidos contaba con una legislación específica, la Ley de Educación Dietética y Suplementos (DSHEA).

A raíz de esta normativa americana, la FDA elaboró la guía de buenas prácticas de fabricación (GMP) para mejorar la seguridad y la calidad del producto, aún vigente y considerado uno de  los más prestigiosos certificados de calidad internacionales. Posteriormente la DSHEA reglamentó el uso de las declaraciones de propiedades nutricionales y saludables en los complementos alimenticios, conocidos en la industria como “claims”.

Las declaraciones de propiedades saludables o Health claims en la Unión Europea.

En 2002, la Unión Europea publicó una normativa en forma de Directiva sobre complementos alimenticios. Desde su implantación, se ha adaptado y mejorado en respuesta al creciente consumo, importación y exportación de los complementos alimenticios. La regulación del etiquetado ha permitido que las compañías puedan comunicar mejor al consumidor la información relevante de sus productos, beneficiándose del aval que suponen los claims oficiales de los ingredientes, en cuanto a sus valores nutricionales y sus propiedades saludables.

Una declaración nutricional se define como cualquier declaración que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee propiedades nutricionales benéficas específicas con motivo del aporte energético (valor calórico) que proporciona y los nutrientes u otras sustancias que contiene.

Una declaración de propiedades saludables se entiende como cualquier declaración, que afirme, sugiera o dé a entender que existe una relación entre una categoría de alimentos, un alimento o uno de sus constituyentes, y la salud.

La normativa actual contempla el uso de un amplio abanico de ingredientes y los “health claims” que pueden utilizarse para transmitir sus valores al consumidor final, avalados por los estudios de la EFSA (European Food Safety Authority).

El etiquetado de los productos de BIO-DIS

Laboratorios BIO-DIS en su máximo respeto por el cumplimiento de la normativa, utiliza esos claims en el etiquetado  de sus productos. Por ejemplo, en el envase de Melatodream de la Línea Específicos de la marca Nature Essential, se puede observar la siguiente declaración de propiedades saludables: “La melatonina contribuye a disminuir el tiempo necesario para conciliar el sueño”. Esta declaración es exacta a la que aparece en el REGLAMENTO (UE) No 432/2012 DE LA COMISIÓN de 16 de mayo de 2012.

 ”La melatonina contribuye a disminuir el tiempo necesario para conciliar el sueño”

Sin embargo, no todos los consumidores entienden los claims de la misma manera.

En un reciente artículo de la revista de Afepadi, referido a un estudio en el que han intervenido varios países europeos, se afirma que los consumidores españoles, británicos, alemanes y holandeses no otorgan el mismo significado o valor a las declaraciones legales de las propiedades nutricionales y saludables.

La Unión Europea persigue garantizar la protección de los consumidores con una normativa basada en la premisa de que el etiquetado sea claro, preciso y fundamentado, con el fin de que puedan tomar decisiones sobre el consumo de los complementos alimenticios de manera libre e informada.

Del estudio publicado en la revista “Nutrients” se extrae que el 51% de los entrevistados tienen en cuenta estas declaraciones a la hora de comprar un producto, sin embargo, ”la interpretación que realizan los consumidores de estas alegaciones no es del todo correcta, tienen problemas para diferenciar entre una alegación nutricional y otra de propiedades saludables e incluso no hay una evidencia clara de que el consumidor promedio pueda realmente entenderlas.”.

Del estudio se extraen las siguientes conclusiones:

  • El consumidor otorga poco valor a las declaraciones de salud si está familiarizado con el nutriente o ingrediente, y ya le otorga un beneficio de antemano.
  • Los consumidores prefieren las declaraciones cortas y simples, conozcan o desconozcan el ingrediente o nutriente, y pueden existir problemas de comprensión del lenguaje científico o reglamentario.
  • Si el consumidor considera que la información es relevante, la comprende mejor y aumenta su percepción favorable sobre el producto.
  • El consumidor español reportó el mayor grado de motivación para leer, procesar entender las declaraciones de salud, seguido por británicos, alemanes, eslovenos y holandeses.

Al igual que en otros sectores innovadores, el mercado de los complementos alimenticios va por delante de su tiempo y de su propia legislación, y son los empresarios y los consumidores quienes deben recordar a los legisladores su misión de protección y regulación.

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